"EL ILEGAL EN CHACO Y EL RESTO DE LAS PROVINCIAS QUE LA POLICÍA PIDA EL DNI EN LA CALLE A CUALQUIER CIUDADANO", ACLARA LA ASOCIACIÓN PENSAMIENTO PENAL

"Es ilegal en Chaco, y en el resto de las provincias, que la Policía pida el DNI en la calle a cualquier ciudadano. El procedimiento sólo está habilitado en la CABA. Puede repercutir a nivel psicológico, en el modo de operar de la fuerza, o naturalizarse, pero es ilegal", aclaró el abogado Kevin Boss Nielsen, de la Asociación Pensamiento Penal (APP).



En declaraciones para RADIO CIUDAD, el abogado de la Asociación Pensamiento Penal, Kevin Boss Nielsen, aclaró que es ilegal en la provincia del Chaco, que la fuerza policial pida el Documento Nacional de Identidad a la ciudadanía en la vía pública.

El procedimiento sí se aplica, en cambio, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir de un fallo del Tribunal Superior de Justicia de la CABA que avaló la metodología "violando abiertamente el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Bulacio (Walter)". Por lo que los ciudadanos, en dicha jurisdicción, sí deben circular portando DNI e identificarse si así lo requiere la fuerza.

"El fallo del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires no es vinculante para el resto de las provincias, sólo para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde se retrocedió muchísimo", aseguró Nielsen y reparó en la influencia del procedimiento en el resto de las provincias, "donde repercute psicológicamente en el modo de operar, en la dinámica, en la lógica policial porque es algo que se naturaliza, se funcionaliza; el discurso dice que ahora están habilitados a hacerlo. Y es algo que de cualquier manera se hacía, muy repudiado, pero es ilegal".
El fallo en la CABA y la posición de la APP

El referente de la APP, repasó el fallo del TSJ de la CABA, el que revocó uno de la Cámara de Apelaciones y habilitó así el procedimiento por el cual la Policía puede ahora solicitar documentos de identidad en la vía pública con la fin de prevenir el delito.

"El fallo surgió a raíz de un caso que involucra a un muchacho, Lucas Abel Vera, que estaba en la estación Constitución al momento de su detención. La versión policial dice que confiesa espontáneamente tener un arma en la cintura. Es decir, un delito por no contar con permiso de portación ni tenencia. En ese momento se sigue el curso ordinario del proceso de todo delito y finalmente la defensa pide la nulidad de esa detención porque no hubo ni un elemento de sospecha antes de la detención. Luego descubren finalmente que tenía el arma".

Explicó que el procedimiento legal requiere que la Policía tenga "elementos de sospecha o indicios de culpabilidad para detener a una persona; una prueba o lo que sea para determinar que hay un delito. No puede detener "por las dudas" para después determinar que hay un delito". "El caso llegó al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires y finalmente convalidaron el procedimiento. Dijeron que no hubo ninguna detención, ni privación de la libertad porque fue muy breve", añadió.

Desde la Asociación Pensamiento Penal, ya habían emitido un comunicado rechazando el fallo del TSJ, el que fue ratificado por Nielsen en sus declaraciones radiales, en donde sostuvo que "sí hay una privación de la libertad cuando se solicita el DNI porque la persona no puede decidir irse en ese momento; se la priva de su libertad ambulatoria. La persona, si dice que no quiere exhibir su documento o que quiere seguir caminando, no lo puede hacer".

Para Nielsen, la APP y las organizaciones de derechos humanos y sociales que se expresaron contra este fallo, la argumentación que contempla esta práctica, la de prevenir un delito, "podría habilitar cualquier cosa. Sabemos que para lograr seguridad no hay método más efectivo que empezar a violentar todos nuestros derechos. Si a alguien se le ocurre pinchar todos los teléfonos de Argentina seguramente podrá descubrir todos los delitos de la Argentina".

Retroceso y violación al fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

"Este fallo marca un retroceso porque viola abiertamente el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Bulacios (Walter). Un pibe al que mataron en el 91 luego de ir a un recital", recordó el abogado.

Comentó que al llevar la familia de Walter (B) el caso a la Corte Interamericana, ésta "condenó a la Argentina y le dijo al Estado argentino que para detener a una persona tiene que haber una habilitación específica, en una Ley, que diga qué pasos tiene que seguir, cómo la deben detener. No pueden solamente detener por seguridad, la famosa "razia". "El STJ de la CABA está violando ese fallo. Esto hasta podría traer aparejada consecuencias internacionales".

Para Nielsen, "el mayor problema que te pidan DNI en la calle es que se transforma en un hostigamiento, sobre todo para personas de clases más vulnerables". "El sistema penal es selectivo y más todavía las fuerzas ejecutivas, las policías. El famoso "olfato policial" no es más que un prejuicio sobre características estéticas, simple discriminación; lo que se conoce como la "portación de cara". Algunos dicen, para mí es muy aventurado, que es un giro general habilitado por el poder político, por la vuelta del neoliberalismo. Creo que el fogoneo mediático por la inseguridad también legitima un poco", manifestó.

FUENTE Y FOTOS: Chaco Día por Día - Periodismo365

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