CHACO: CONFIRMAN UNA CONDENA CONTRA "LA SOPAPA" POR DISCRIMINAR A UN EXFUNCIONARIO DE ÁNGEL ROZAS

La sentencia se basa en un dictamen del INADI. Un fallo de segunda instancia ratificó una condena contra Editorial Chaco SA que edita diario Norte en una demanda iniciada por el exsubsecretario de Información Pública del Chaco, Carlos Carossini, contra varias publicaciones consideradas “discriminatorias” en el suplemento humorístico “La Sopapa”.

La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia confirmó una sentencia que condenó a la Editorial Chaco SA que edita diario Norte a abonar una indemnización de 40 mil pesos más intereses en concepto de “daño moral” al exsubsecretario de Información Pública del Chaco, Carlos Carossini. Fue en el marco de una causa iniciada por el hombre fuerte de la comunicación durante los gobiernos del radical Angel Rozas contra una serie de publicaciones de la sección humorística “La Sopapa” entre febrero de 2006 y junio de 2009. Además, ordenó que diario Norte proceda a publicar la parte resolutiva de la decisión.

La sentencia, que firman las camaristas Gladys Esther Zamora y María Eugenia Sáez, fue dictada el 22 de febrero pasado y, al igual que el fallo de primera instancia, recoge un dictamen del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) que determinó que “...existe un ensañamiento con el Sr. Carossini, pues mientras a las demás personas que aparece en la sección "La Sopapa" las ridiculiza en virtud de cuestiones políticas, a él lo ridiculiza a partir de su aspecto físico”.

“El tipo de caricaturas aquí denunciadas hace hincapié en la imagen física del denunciante...A la luz de estas consideraciones, cabe tener por acreditado que en las presentes actuaciones... el hecho constituye un acto discriminatorio...", cabe calificar como discriminatorios los hechos denunciados, en los términos del art. 1 de la Ley 23.592, normas concordantes y complementarias”, agregaba el dictamen del INADI que data del año 2011 y que fue firmado por el entonces presidente del organismo Claudio Morgado.

“Derechos personalísimos”

Los camaristas hacen suyos los fundamentos del fallo de primera instancia al señalar que en el caso hay un “conflicto” entre el derecho a la libertad de prensa y la tutela constitucional de los derechos personalísimos –entre los que se encuentra la prohibición de discriminar- y que “debe ceder el primero”, en base a las garantías contempladas en los arts. 14 y 32 de la Constitución Nacional.

“Una publicación efectuada aún con el afán de provocar hilaridad, desmerece la dignidad de una persona por constituir una arbitraria discriminación, ninguna duda cabe que genera responsabilidad”, puntualizaba el fallo de primera instancia que ratifican ahora las camaristas Sáez y Zamora. Y agregaba que “habiéndose configurado -publicación mediante- el acto discriminatorio que prohíbe la ley, decididamente cabe reconocerle su eficacia lesiva del honor de Carossini”.

Libertad de prensa (relativa) 

En sus fundamentos propios, las camaristas Sáez y Zamora precisan que “la libertad de prensa no implica que deba permanecer ajena al deber de reparar los daños causados por expresiones injuriantes y en el caso no puede soslayarse que aún cuando la alegada sección del Diario Norte "La Sopapa" posea un formato humorístico, del texto de la publicación cuestionada surgen términos agraviantes sobre la apariencia física del actor, que lo ridiculizan, buscando -según sus dichos- provocar sonrisas, pero a costa de las debilidades de los demás”. Y agregan que “no puede admitirse que bajo el pretexto de ser una publicación humorística se toleren expresiones agraviantes con fundamento en el peso corporal de Carossini, estigmatizando aún más el sobrepeso que ya de por sí se acompaña de una discriminación social que se hace evidente a todo nivel”.

“El demandado ha incurrido en un acto antijurídico atribuíble, cuanto menos a título de culpa, que como tal genera la obligación de resarcir el daño causado, motivo por el cual  he de propiciar la confirmación de esta parcela del fallo”, consignaron.

FUENTE Y FOTOS: Chaco Día por Día - Periodismo365

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