SÁENZ PEÑA: CONFIRMAN TRES AÑOS DE PRISIÓN EN SUSPENSO PARA EL GREMIALISTA NÉSTOR JARA

Fuentes judiciales confirmaron que quedó firme la condena a tres años de prisión en suspenso para el gremialista Néstor Felipe Jara,  pero no cumplirá prisión efectiva.

Se trata de la causa que llevó a juicio al gremialista municipal saenzpeñense Néstor Jara, por "Supuestas Lesiones graves, Lesiones, Amenazas y Violación de domicilio" según Expediente Nº 6643/2010 y cuya sentencia fue apelada por la defensa.

En el año 2010, el secretario general del SUOEM había irrumpido en un domicilio de Sáenz Peña y se lo acusaba de haber golpeado a varias personas, entre ellas a una mujer embarazada y a su hermana. Por este hecho, el sindicalista fue a juicio en febrero del año pasado y el juez  Nelson Pelliza, luego de evaluar todas las pruebas existentes en el expediente; lo sentenció a tres años de prisión en suspenso.

Para el presidente del debate había quedado acreditado que “fue Jara quien  irrumpió exaltado y ofuscado por una situación de la cual las víctimas eran absolutamente ajenas, al punto de desconocer su existencia, emprendiendo con golpes de mano y patadas contra  aquellas, por lo que no cabe dudas que fue  Néstor Jara quien provocó la situación de violencia. Sostuvo además que el mismo tuvo un rol activo y preponderante con absoluto dominio del hecho”.

Tras enumerar y valorar todas las pruebas existentes en el expediente, el juez Nelson Pelliza consideró adecuado imponer al imputado la pena de tres años de prisión, aclarando que “la pena de prisión indicada será impuesta en forma de ejecución condicional”, había dicho Pelliza.

DEBÍA REAJUSTAR SU CONDUCTA

Consideró además  que “la modalidad de ejecución de la pena establecida resulta para el caso suficiente para el cumplimiento de la finalidad punitiva, permitiendo al mismo tiempo la posibilidad  del condenado de reajustar su conducta dentro de los parámetros exigidos en el marco de una  convivencia social, pacífica y ordenada.

Se aclaró asimismo que “la condena en suspenso se impone con la obligación de cumplir Néstor Felipe Jara por el término de tres años las siguientes reglas de conductas: fijar residencia, la que no podrá modificar sin autorización previa del tribunal, abstenerse de utilizar estupefacientes o de abusar del  consumo de compuestos alcohólicos”.

La defensa, en su momento asumida por Elena Irrazábal, había presentado un Recurso  de Casación pero fue rechazado por el Superior Tribunal de Justicia, confirmando de esta forma en todas sus partes la sentencia emitida en su momento por el Juez Nelson Pelliza.

FUENTE Y FOTOS: Diario Chaco - Periodismo365

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