SÁENZ PEÑA: DECLARAN INIMPUTABLE Y SOBRESEEN A UNA MUJER QUE ASESINÓ A SU HIJO

El aberrante delito ocurrió en el año 2014. Ahora, la mujer que golpeó ferozmente y arrojó a su hijo aún con vida a la represa "La Salada" de nuestra ciudad,  fue declarada inimputable por la Justicia saenzpeñense. La Jueza de Garantías resolvió sobreseer totalmente a Alejandra Albiso por el delito de "Homicidio Agravado por el vínculo". 

Alejandra Albiso, la madre que arrojó a su niño de un año de edad a las aguas de la represa "La Salada" de nuestra ciudad, fue  sobreseída por el delito de "Homicidio Agravado por el vínculo", debido a que la mujer no comprendía la criminalidad de sus actos al momento de ocurrido el tremendo suceso. Días pasados, la mujer fue entregada a un familiar.

Cabe recordar que Alejandra Albiso, en el año 2014 habría golpeado en la cabeza a su hijo de un año de edad mientras se encontraba en el interior del domicilio ubicado en Quinta 286 del barrio San Cayetano. Ese brutal golpe le causó traumatismo craneoencefálico al bebé, que posteriormente y aún con vida fue arrojado por su madre a las aguas de la represa conocida como “La Salada”, ubicada en las proximidades de la vivienda. Poco después, el niño fue encontrado sin vida flotando en las aguas de dicha represa.

La investigación de este hecho estuvo a cargo de  la Fiscalía Nº 1 a cargo del Fiscal Marcelo Soto, quien luego de analizar todos los elementos pertinentes,  instaba al sobreseimiento de Alejandra Albiso por aplicación del Artículo 348 inciso 3 del CPP , mas allá de que se comprobó y se acreditó la existencia material del hecho y su autoría por parte de la madre del niño, pero la misma presenta trastornos mentales que le impidieron al momento del hecho comprender la criminalidad de sus actos.

Por este caso la madre del niño no prestó declaración de imputada ya que  el Médico Forense había informado que… “Albiso presentaba trastornos senso perceptivos, ideas delirantes y no se encontraba en condiciones de prestar declaración”. Además fue sometida a una junta médica la que determinó que  “presentaba trastorno no especificado, y que la patología se correlaciona con un proceso crónico de larga data, sin tratamiento y que al momento del hecho no comprendía la criminalidad de sus actos y no podía dirigir sus acciones”.


Fue la Jueza de Garantías Norma Nepote de Casalino, quien dictó la correspondiente sentencia con fecha 30 de octubre del año 2014, pero la mujer recuperó su libertad en el mes de abril de este año, luego que un familiar se hiciera cargo de la misma y cumpliera con una serie de medidas de seguridad.  Albiso estuvo detenida hasta la fecha mencionada en la División Atención de la Mujer.

En la sentencia, la jueza Casalino dispuso que sea el Juez de Ejecución Penal quien controle la medida de seguridad dispuesta para Alejandra Albiso.  Será a partir de ahora el Dr. Oscar Sudriá quien continúe con el control y analice la continuidad y ejecución de la medida de seguridad impuesta.

En tal sentido la Jueza de Garantías resolvió sobreseer totalmente a Alejandra Albiso por el delito de "Homicidio Agravado por el vínculo". Además se ordenó la continuación de la medida de seguridad.

El Dr. Oscar Sudriá, Juez de Ejecución Penal explicó que para cumplir con la medida impuesta por la Jueza de Garantías, se tomó contacto con un hermano de Albiso,  quien asumió la curatela de su hermana. Antes de llevarla a su domicilio solicitó al juez un tiempo para poner en condiciones su vivienda, ya que también tenía a su cargo a otro hermano con los mismos trastornos que Albiso.

La mujer se encuentra actualmente bajo tratamiento, medicada y con el seguimiento médico correspondiente.

El tutor de Albiso deberá, ante cualquier inconveniente;  comunicarse con el Juzgado de Ejecución Penal y será el personal del  Poder Judicial, una asistente social y una psicóloga los que tendrán a su cargo un control periódico de la misma.

FUENTE Y FOTOS: Diario Chaco - Periodismo365

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