DOCENTES CHAQUEÑOS: LA JUSTICIA ORDENÓ DEVOLVER LOS DESCUENTOS POR DÍAS DE PARO

El Juzgado del Trabajo Nº 3, de Resistencia, ordenó al Gobierno Provincial devolver los montos que fueron retenidos en los haberes de docentes que adhirieron a medidas de fuerza, y solicitan que se abstengan de hacerlo en el futuro.

La Federación SITECH había iniciado acciones judiciales tendientes a la devolución de descuentos por días de paro a los docentes, contra el Ministerio de Educación. El secretario General del gremio y de la CTA Autónoma Chaco, Eduardo Mijno, había considerado a los descuentos como “un acto mayor de arbitrariedad”.


Ante el reclamo. el Juzgado del Trabajo Nº 3, de Resistencia, ordenó el jueves al Gobierno Provincial devolver los montos que fueron retenidos en los haberes de docentes que adhirieron a medidas de fuerza, y solicitan que se abstengan de hacerlo en el futuro.

Mijno, confirmó al portal Datachaco que “fue notificado el Ministerio en horas tempranas, por lo que la devolución se tendría que efectivizar esta semana entre el lunes y martes”.

Y añadió: “La Jueza se basó en el carácter alimentario del sueldo y tomo en consideración el abuso que se hizo con los descuentos, llegando algunos docentes a quedar debiéndole dinero al estado, entre otras consideraciones esto habla de la libertad sindical y de la falta de criterio con la que se opera para aplicar descuentos, siendo el acto mayor de arbitrariedad”.

La magistrada interviniente sostuvo que los descuentos, por la forma en que fueron volcados en las liquidaciones de haberes, no permiten inferir los parámetros sobre los cuales se efectuó su cálculo (unidad y base salarial), lo que constituye “un acto irrazonable rasgado de arbitrariedad”, señalaron desde el gremio.

“Por lógica consecuencia, desde otra óptica con tal accionar se afecta necesariamente a la libertad sindical, pues el descuento de salarios se imputaron a días de paro como medida de fuerza adoptada por la entidad gremial, en reclamo de incrementos salariales efectuados durante el transcurso del corriente año”, agregaron.

Asimismo, el fallo resalta que el derecho de huelga “goza de tutela privilegiada dentro de nuestro sistema cuyo principal garante debería ser el Estado”, analizaron.

La resolución judicial establece:

I) “Hacer lugar a la media cautelar deducida por Federación d Sindicatos de Trabajadores de la Educación del Chaco contra el Poder Ejecutivo–Ministerio de Educación, Cultura Ciencia y Tecnología de la Provincia del Chaco.

II) Ordenar al Poder Ejecutivo de la Provincia del Chaco–Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología-, para que en el término de cuarenta y ocho horas (48) horas, proceda a restituir los montos descontados identificados en los recibos de haberes con el código N° 257: “días de paro” y se abstenga de practicar descuentos por dicho concepto”.

FUENTE Y FOTOS: InfoGremiales - Periodismo365

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