LA AFIP ESTÁ DANDO DE BAJA FACTURA "A" DE EMPRESAS POR INCUMPLIMIENTOS

Uno de los incumplimientos habituales, que deriva en la sanción de facturar con el comprobante “M”, nace al no presentar el régimen de información de las operaciones de compras y de ventas.

La  Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) al detectar algunos incumplimientos por parte de los contribuyentes, les cancela la autorización de emitir facturas “A” y en su reemplazo sólo autoriza a que emitan comprobantes “M”.

Este tipo de documentos, generan inconvenientes a los que los reciben porque deben retener el total de IVA, incluido en la operación, en el momento de realizarse el pago y, adicionalmente, el 3% del Impuesto a las Ganancias.

Pero también se producen problemas para los emisores, porque en algunos casos se produce una acumulación de saldos a favor, técnicos y de libre disponibilidad, que ocasionan que el desarrollo de la actividad se vuelva inviable, ya que se termina ahogando financieramente a las empresas.

Uno de los incumplimientos habituales, que deriva en la sanción de facturar con el comprobante “M”, nace al no presentar el régimen de información de las operaciones de compras y de ventas que ordena la resolución general 3685.

Esta obligación alcanza a los que emiten facturas electrónicas, desde noviembre: todos los inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado, por lo que quedan obligados a presentar un detalle de las compras y de las ventas (operación por operación) junto con la presentación de la declaración jurada mensual del impuesto.

FUENTE Y FOTOS: iProfesional - Periodismo365

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