LA AFIP EXTIENDE BENEFICIOS EN LOS PLANES DE PAGO PARA DEUDAS

La Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso que hasta el 31 de marzo los contribuyentes podrán cancelar obligaciones de los Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25 por ciento. Cuáles son las disposiciones que alcanzan a los planes de pago permanente y a planes adheribles.


Los contribuyentes podrán cancelar obligaciones de los Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) dispuso que hasta el 31 de marzo próximo, los contribuyentes podrán cancelar obligaciones de los Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25 por ciento. Así lo oficializó a través de dos resoluciones publicadas este lunes en el Boletín Oficial.

La Afip informó también que se extienden los beneficios de los planes de pago permanente en lo relacionado con la cantidad de cuotas y planes adheribles. Las medidas apuntan a coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y forman parte de las herramientas puestas a disposición por el organismo para amortiguar el impacto económico de la pandemia de la covid-19, según se indicó.

La extensión de los beneficios se suma a las herramientas excepcionales disponibles para regularizar pasivos como son la moratoria y la condonación de deudas. La primera permite la regularización de obligaciones vencidas al 31 de agosto en hasta 120 cuotas con una tasa inicial de 1,5 por ciento dependiendo del tipo de contribuyente.

La adhesión al plan de regularización se podrá realizar hasta el 15 de marzo de 2022, mientras que la primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes. En tanto, la condonación de deudas inferiores a 100.000 pesos para pequeños contribuyentes y las micro y pequeñas empresas y la moratoria, permite incluir deudas vencidas al 31 de agosto de 2021. La condonación de deudas está vigente hasta el 2 de marzo.

A su vez, la Resolución General 5143/2022 establece que el organismo no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar sus obligaciones correspondientes al período fiscal 2020.

El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como "riesgo muy alto", categoría E. El “Sistema de Perfil de Riesgo” es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.

A través de la Resolución General 5142/2022, la AFIP extendió hasta el 31 de marzo de 2022 la vigencia transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes. El máximo es ocho cuotas y seis planes por persona.

FUENTE Y FOTOS: Rosario 3

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