Fue anunciado esta mañana a través del Boletín Oficial. Será por los próximos 4 años.
El Ministerio de de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, conducido por Raquel “Kelly” Olmos, aprobó el Plan nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente 2024-2028. El diseño fue elaborado junto a las Comisiones Provinciales (COPRETI).
Este plan tiene su basamento en tres ejes específicos que son la prevención, la detección e intervención ante casos de trabajo infantil y la restitución del ejercicio de los derechos de niños, niñas y adolescentes, y tres ejes transversales que buscarán contar con información actualizada y rigurosa que permita la toma de decisiones basadas en evidencia.
Además, supone la puesta en marcha de un proceso de revisión y fortalecimiento de la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (CONAETI) y la promoción de una mirada federal de cooperación y coordinación entre los niveles nacional, provincial y municipal. Para cada eje propuesto, se establecen diversas líneas de acción.
El programa prevé la puesta en marcha de un plan operativo anual cuyos objetivos serán:
Confirmar o reformular las líneas de acción previstas, en función de los resultados parciales obtenidos;
Planificar las actividades de los plenarios para el cumplimiento de los compromisos asumidos;
Planificar y cuantificar los productos previstos para el año, incluyendo la reformulación de algunos o la inclusión de otros nuevos.
La resolución 1570/2023 fue oficializada esta mañana en el Boletín Oficial y estableció que dicho programa estará a cargo de la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil. Además, se definió que la Secretaría Ejecutiva esté a cargo de la Coordinación de Políticas de Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente, dependiente de la Subsecretaría de Políticas de Inclusión en el Mundo Laboral.
Cabe destacar que la Constitución Nacional en su artículo 75 inciso 22 introduce en el ordenamiento jurídico numerosos tratados internacionales de los derechos humanos, entre ellos, la Convención sobre los Derechos del Niño que establece que “los Estados Partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social”.
Por otra parte, se suman los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la edad mínima, y sobre las peores formas de trabajo infantil, que imponen al Estado Nacional la creación, adopción y aplicación de medidas para la erradicación del trabajo infantil.
FUENTE Y FOTOS: Mundo Gremial