Tras la confirmación de su condena por la Causa Vialidad, Diego Luciani y Sergio Mola consideraron que el pedido de la expresidenta no tiene lugar. También se opusieron a que no use tobillera electrónica.
Luego de que la Corte Suprema confirmara la condena a prisión por seis años e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos para la expresidenta Cristina Kirchner, este martes los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola se pronunciaron en contra del pedido de domiciliaria de la referente peronista. Ahora, resta la definición del juez del Tribunal Oral Federal 2, Jorge Gorini, quién deberá tomar la decisión final respecto de donde cumplirá Kirchner su condena por la Causa Vialidad.
En el escrito presentado esta mañana por los fiscales, Mola y Luciani contestaron de forma negativa el pedido de la expresidenta de cumplir los seis años de prisión en su departamento del barrio porteño de Constitución aclarando que "la concesión de la detención domiciliaria no es automática". Además, también se opusieron al pedido de la defensa de CFK de no usar tobillera electrónica: "El uso de un dispositivo electrónico de control se trata de una exigencia legal", lee el fallo.
La semana pasada, la líder del PJ solicitó cumplir los seis años de condena en su hogar y sin tobillera electrónica en base a dos justificativos:
Sus 72 años, respecto a los cuales "la ley presume un mayor grado de vulnerabilidad", y; "razones de seguridad personal vinculadas a la condición de expresidenta y al intento de homicidio del que fue víctima"
Pese a esto, ambos funcionarios judiciales consideraron que, en este caso, la prisión domiciliaria no se justifica: las razones.
Por qué los 72 años de CFK no son "condición suficiente" para la domiciliaria, según los fiscales
Con 72 años, Kirchner se encuentra dentro de la edad a partir de la cual se puede solicitar prisión domiciliaria. Sin embargo, según el fallo al que tuvo acceso El Cronista, la cuestión etaria "es condición necesaria, pero no suficiente, para conceder el beneficio".
Es que, para los fiscales, esta opción "no debe ser admitida automáticamente por la mera circunstancia de que la persona condenada se encuentre comprendida dentro de uno de los supuestos previstos", en este caso, la edad superior a 70 años y la seguridad personal de la expresidenta. "La ejecución de la pena bajo el régimen domiciliario constituye una excepción al cumplimiento de la pena privativa de libertad en prisión", marcaron.
El fallo luego remarca que la domiciliaria debe otorgarse "sobre la base de un examen de razonabilidad en función de las circunstancias del caso concreto" y, para la situación de Kirchner, los fiscales creen que no se justifica.
La prisión domiciliaria estaría avalada para la dirigente del PJ si la prisión pudiese "comprometer o agravar su estado" de salud, señala el escrito, así "como también si la unidad carcelaria correspondiente resulta apta para alojarla, resguardarla y tratarla de forma adecuada".
En este sentido, Luciani y Mola creen que "no se advierten las razones humanitarias que justifican conceder una medida excepcional como lo es la detención domiciliaria", incluyendo tanto cuestiones de salud como "razones personales" vinculadas a la edad que podrían afectar "el derecho a un trato digno".
El fallo de 10 páginas cita luego el informe socio-ambiental realizado el pasado jueves en el domicilio del barrio de Constitución de Kirchner, el cual señala que "la propia Fernández manifestó encontrarse en un buen estado de salud general".
"La defensa no ha demostrado -ni se advierte- que la privación de libertad en el establecimiento carcelario suponga, por sí misma, un menoscabo a la vida o a la integridad personal de la peticionante, más allá de las restricciones propias que implica la ejecución de una pena privativa de libertad", concluye el escrito respecto a la cuestión etaria.
FUENTE Y FOTOS: El Cronista