La Cámara Primera en lo Criminal de Presidencia Roque Sáenz Peña hizo lugar a una medida cautelar ambiental que obliga a SAMEEP y a la Municipalidad local a cesar inmediatamente los vertidos de líquidos cloacales sin tratamiento en varios barrios de la ciudad, tras una denuncia de vecinos que alertaron sobre riesgos sanitarios y ambientales.
La Cámara Primera en lo Criminal de Sáenz Peña dictó una medida cautelar que obliga a SAMEEP y a la Municipalidad local a tomar acciones inmediatas para frenar los vertidos de líquidos cloacales sin tratamiento en varios sectores céntricos de la ciudad.
La medida, a la que tuvo acceso LITIGIO, fue dictada este miércoles 16 de julio por el juez Rodolfo Lineras, de la Cámara Primera en lo Criminal de Sáenz Peña. La decisión responde a un amparo ambiental presentado por cuatro vecinos que denunciaron graves riesgos sanitarios y violaciones al derecho a un ambiente sano.
El caso
El conflicto surgió cuando un grupo de vecinos alertó sobre la acumulación de aguas servidas en las zonas comprendidas entre las calles Hipólito Yrigoyen, Belgrano, 9 de Julio y 25 de Mayo. Los denunciantes advirtieron que esta situación generaba focos infecciosos que ponían en peligro la salud pública y el equilibrio ambiental.
El juez Rodolfo Lineras, en una Resolución fundamentada, determinó que las evidencias presentadas demostraban un peligro inminente para la población. Basándose en el principio de precaución ambiental establecido en la Ley 25.675 y en tratados internacionales de Derechos Humanos, el magistrado ordenó el cese inmediato de los vertidos cloacales en las áreas afectadas.
Además, dio un plazo perentorio de 48 horas para que las autoridades presenten un plan de contingencia detallado que incluya medidas de mitigación inmediata con camiones atmosféricos y equipos de bombeo, un diagnóstico técnico de las causas del colapso del sistema y un cronograma realista de reparaciones urgentes.
La resolución judicial destacó la gravedad de la situación ambiental y sanitaria, señalando que cada hora de demora aumentaba el riesgo de brotes epidémicos. Por esta razón, el juez eximió a los vecinos de presentar contracautela (garantía económica) y habilitó días y horas inhábiles para la notificación de la medida, lo que refleja el carácter urgente del caso. El fallo también estableció multas diarias (astreintes) en caso de incumplimiento por parte de las autoridades responsables.
El juez Lineras destacó en los fundamentos la importancia de proteger los derechos a la salud y al ambiente sano reconocidos en la Constitución Nacional y en tratados internacionales. El caso ahora entra en una fase crítica donde se evaluará el cumplimiento de las autoridades con las órdenes judiciales y la efectividad de las medidas de mitigación implementadas.
FUENTE Y FOTOS: Litigio