El máximo tribunal penal del país anuló por unanimidad la decisión que había confirmado el archivo de la denuncia del rector de la Universidad Nacional del Chaco Austral, Germán Oestmann. La presentación apunta contra la auxiliar fiscal Pamela Michlig y efectivos de Gendarmería por presuntos abusos de autoridad durante un procedimiento realizado en diciembre de 2024, que habría incluido el cierre de dependencias, intimidaciones y restricciones a la libertad de trabajadores.
La Cámara Federal de Casación Penal ordenó profundizar la investigación sobre el operativo de Gendarmería Nacional realizado en la Universidad Nacional del Chaco Austral (UNCAus) y su obra social, luego de considerar prematuro el archivo de la denuncia presentada por el rector de la institución, Germán Eduardo Oestmann. Por unanimidad, la Sala I anuló la resolución que había confirmado la desestimación de las actuaciones y dispuso que la causa vuelva a su origen para que se investiguen los hechos denunciados.
Con fecha del martes, el fallo, al que tuvo acceso LITIGIO, pone en discusión la forma en que se ejecutó una orden judicial de presentación de documentación y advierte que las circunstancias denunciadas podían exceder sus alcances, con posibles consecuencias sobre la autonomía universitaria. Los jueces Alejandro Slokar, Daniel Antonio Petrone y Diego Barroetaveña coincidieron en que no correspondía cerrar la causa sin producir, al menos, pruebas que permitieran esclarecer lo sucedido.
En su voto, Slokar describió la gravedad de los hechos denunciados: “La hipótesis denunciada da cuenta de que la orden de presentación dictada fue presuntamente ejecutada por efectivos armados de Gendarmería Nacional -bajo instrucciones de la fiscalía-, con la clausura de las dependencias de la obra social (ISSUNCAUS) impidiendo el acceso con llave, e incluso se afirmó la privación de la libertad e intimidación de los dependientes que se encontraban en su interior”.
El magistrado consideró que los argumentos utilizados por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia para confirmar el archivo resultaban insuficientes. En ese sentido, sostuvo que era necesaria “una mínima producción probatoria” para establecer qué ocurrió durante el procedimiento.
A su turno, Petrone también cuestionó que la denuncia hubiera sido desestimada en una etapa inicial de la investigación. “En este caso, la Cámara a quo, al confirmar la desestimación de la denuncia por inexistencia de delito, en un momento tan incipiente del sumario, ha vedado a la querella la posibilidad de impulsar el proceso y probar los extremos de su imputación”, afirmó. El juez remarcó que la prueba ofrecida por la parte denunciante debía ser tramitada para esclarecer los hechos. Barroetaveña adhirió, en lo sustancial, a los fundamentos y a la solución propuesta.
Una orden y una oficina cerrada
El episodio ocurrió el 9 de diciembre de 2024 y comenzó cerca del mediodía. Según la denuncia de Oestmann, la abogada Anahí Belén Cuevas, asesora legal de la Fundación UNCAus, recibió un llamado de Yanina Spitzer, delegada rectoral de la obra social ISSUNCAUS. Le pidió que se acercara al edificio del Rectorado porque efectivos de Gendarmería Nacional estaban allí para cumplir una orden judicial de presentación de documentación que, según suponían, podía involucrar a la obra social.
Cuevas llegó acompañada por María Fernanda Palacios, también integrante de la Fundación, y se encontró con dos efectivos de Gendarmería, el apoderado legal de la universidad, Marcos Bisniuk, y otros empleados de la institución. Lo primero que solicitaron fue una copia de la orden judicial para conocer qué documentación se requería y en qué plazo debía entregarse.
De acuerdo con la presentación, los uniformados se negaron a facilitarles una copia. En cambio, les dijeron que debían entregar la documentación de inmediato y que no se retirarían del lugar hasta conseguirla. También afirmaron que tenían instrucciones expresas de la auxiliar fiscal federal de Sáenz Peña Pamela Michlig de permanecer en la institución hasta que se cumpliera el requerimiento.
La denuncia sostiene que los agentes mostraron el documento durante apenas unos segundos y después continuaron leyendo su contenido sin permitir que las representantes de la universidad pudieran examinarlo. Los abogados de la institución, por su parte, señalaron que siempre habían respondido los requerimientos judiciales anteriores y que la documentación específica de ISSUNCAUS no había sido solicitada previamente.
Tras recibir indicaciones sobre la ubicación de la obra social, los gendarmes se dirigieron a sus oficinas. Ante lo que consideró una irregularidad, Cuevas convocó a la escribana Natasha Ostapczuk para que registrara lo que estaba ocurriendo.
Cerca de las 12.15, Spitzer volvió a comunicarse con la abogada para advertirle que los efectivos ya estaban dentro de la sede de ISSUNCAUS y pedirle que se acercara. La escribana llegó alrededor de las 12.28 y, según el relato incorporado a la denuncia, verificó en la Mesa de Entradas de la universidad que no había constancia del ingreso de una orden de presentación emitida ese día.
Cuando ambas intentaron acceder a las oficinas de la obra social, el efectivo a cargo les dijo que debía consultar a la auxiliar fiscal. Tras una espera, regresó con la respuesta de que la escribana no estaba autorizada a ingresar. Poco después, otro gendarme armado realizó una nueva consulta telefónica y comunicó que tampoco se permitía el acceso de Cuevas.
Para entonces, había cuatro efectivos en el lugar —tres hombres y una mujer—, dos de ellos armados, además de un testigo de actuación dentro de las oficinas. Las abogadas observaron que los agentes entraban y salían de manera reiterada y que, cada vez que lo hacían, cerraban la puerta con llave.
El contador y el afiliado
Uno de los momentos que la presentación consideró más graves ocurrió cuando Cuevas golpeó la puerta para hablar con Juan Godoy, contador de la obra social, que permanecía en el interior. En un primer momento, el responsable del procedimiento le respondió que no podía hacerlo porque estaban ocupados. Casi inmediatamente, cambió de respuesta y elevó la voz para afirmar que allí no había nadie privado de su libertad. Luego preguntó al empleado si quería hablar con la abogada.
Godoy respondió que sí y salió durante unos minutos. Según el relato de Cuevas, le explicó qué documentación estaban reuniendo y después regresó a la oficina visiblemente nervioso e intimidado por la presencia de los gendarmes armados.
La situación también habría afectado la atención habitual de la obra social. Alrededor de las 13, un afiliado llegó para realizar una consulta y encontró la puerta cerrada. Cuando golpeó para ingresar, uno de los efectivos le negó el acceso y le indicó que se dirigiera a la farmacia. La escribana dejó constancia de ese episodio en el acta notarial.
El operativo se extendió hasta las 15.20, cuando los efectivos se retiraron con la documentación. Durante esas horas, según la denuncia, Cuevas advirtió reiteradamente que el procedimiento no se ajustaba a las reglas de una orden de presentación. Los agentes respondían que cumplían instrucciones de la Fiscalía Federal.
La escribana también habría preguntado a distintos integrantes de la fuerza cuál era la diferencia entre una orden de presentación y una orden de allanamiento y secuestro. De acuerdo con el escrito, ninguno pudo explicar satisfactoriamente esa distinción y sus respuestas terminaban describiendo características propias de un allanamiento.
Abuso de autoridad
Sobre la base de estos hechos, Oestmann denunció a la auxiliar fiscal Pamela Michlig y a efectivos de Gendarmería Nacional por presunto abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público y prevaricato.
El planteo del rector fue que una medida judicial destinada a requerir documentación habría terminado convertida en un procedimiento de características similares a un allanamiento, con el ingreso y la permanencia de agentes armados en la sede de la obra social, restricciones al acceso de profesionales y afiliados y presuntas limitaciones a la libertad de quienes permanecían en el interior.
La denuncia también cuestionó que el procedimiento se hubiera desarrollado bajo instrucciones de la Fiscalía que, según la presentación, habrían excedido lo autorizado por la orden judicial. El rector sostuvo que la actuación comprometió garantías constitucionales y afectó la autonomía de la universidad pública.
La resolución de Casación no determina que los delitos denunciados hayan existido ni establece responsabilidades penales. Lo que hace es dejar sin efecto el cierre anticipado de la causa y disponer que se produzcan las pruebas necesarias para esclarecer lo ocurrido.
La autonomía universitaria
La decisión adquiere relevancia por el alcance institucional de los hechos denunciados. La autonomía universitaria, reconocida por el artículo 75, inciso 19, de la Constitución Nacional y desarrollada por la Ley de Educación Superior, constituye una garantía frente a injerencias externas en el funcionamiento de las universidades públicas.
En este caso, la discusión no se limita a determinar si hubo excesos durante un procedimiento judicial, sino que también involucra los límites de actuación de las fuerzas de seguridad dentro de una institución universitaria y la obligación de investigar posibles abusos cuando existen elementos que justifican profundizar la pesquisa.
Con la anulación del archivo, Casación dejó en claro que las denuncias sobre el despliegue armado, las restricciones al acceso y el eventual exceso en la ejecución de la orden judicial no podían quedar sin una investigación mínima que permitiera esclarecer lo ocurrido.
Fuente y fotos: Litigio
