CHACO: RECOMENDACIONES DEL COMITÉ DE LA TORTURA A LA POLICÍA POR LOS OPERATIVOS DE CUARENTENA OBLIGATORIA

El organismo emitió un comunicado "ante las reiteradas denuncias recibidas por Miembros y personal del Comité de Prevención de la Tortura, Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos y/o Degradantes vía telefónica y los innumerables videos que circulan por los distintos medios de comunicación y redes sociales, incluso la mayoría de ellos tomados por los propios empleados policiales, donde se muestra abuso de la fuerza, intolerancia y malos tratos por parte de la policía durante la vigencia de los Decretos 260/2020 y 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional  y Decreto de la Provincia del Chaco 432/2020".

En la misiva, se remarca la plena vigencia de la Constitución Nacional, y por ende de los Pactos y Tratados Internacionales contenidos en ella, también la permanente vigencia de los Derechos Humanos.

El comunicado señala que por "La utilización por parte de las fuerzas federales en la provincia de un Protocolo de Actuación consensuado por todos los Fiscales del país y que sigue los lineamientos de derecho transmitidos por el Procurador General de la Nación, el Comité de Prevención de la Tortura, otros tratos y penas crueles, inhumanos y/o degradantes, recomienda:

1) Adoptar el Protocolo de actuación policial propuesto por el Ministerio Público Fiscal de la Nación y Acuerdo de Fiscales Federales para la actuación ante casos de violación a DNU 260/2020 y 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, el cual forma parte integrante de esta y figura como Anexo I y II; el cual haría de control ante el abuso de la fuerza policial.-

2) Se sugiere al Ministerio de Justicia y Seguridad que implemente de inmediato, a través de la Policía de la Provincia del Chaco, el Protocolo y Acuerdo de Fiscales referido en el punto 1).-

3) Se aconseja a la Procuración General de la Provincia del Chaco que  implemente de inmediato, a través de respectivos Fiscales de Investigación en lo Penal, el Protocolo y Acuerdo de Fiscales referido en el punto 1).

4) Se propone que la Secretaría de Derechos Humanos, Géneros y Diversidad conforme a su ámbito de competencia (referir Ley de Ministerio)  que actúe como órgano de control y seguimiento de las medidas recomendadas en el Anexo I Y II, debiendo llevar registro de las denuncias recibidas, así como también supervisar la situación de detención de menores de edad.

5) En el marco de la recomendación sugerimos prestar colaboración en el seguimiento y control de las medidas recomendadas.-

6) Regístrese, comuníquese y ulteriormente notificada procédase a su archivo, cierra la notificación.

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