La diputada Andrea Charole propuso el proyecto de Ley Nº 1978/2024, el cual busca crear el “Programa Provincial Transitorio al Régimen de Reparación Económica prevista en la ley 27.452, para Niños y Adolescentes." El objeto del mismo es brindar asistencia económica transitoria de carácter mensual a los hijos cuyas progenitoras fueron presuntas víctimas de femicidios cometidos en la provincia del Chaco, mientras se encuentren en trámite los beneficios otorgados por la Ley N°27.452.
Precisamente, la norma impulsada señala que son destinatarios del presente programa, ”cada niño, adolescente o joven hasta los 21 años, o persona con discapacidad sin límite de edad, que sean hijos de presuntas víctimas de femicidios, ocurridos en la Provincia de Chaco, que reúna los requisitos establecidos en la presente ley”.
Algunos fundamentos de la iniciativa:
”La presente iniciativa que sometemos a consideración impulsa la creación de un Programa Provincial Transitorio al Régimen de Reparación Económica para Niños y Adolescentes creado por la ley 27. 452 – ley Brisa -. cuyo objetivo es brindar una asistencia económica de carácter mensual, destinada a las hijas y los hijos de progenitoras que fueron presuntas víctimas de femicidios perpetrados en la Provincia del Chaco, conforme las especificaciones, requisitos y demás formalidades establecidas.
Dicha asistencia es transitoria, mientras se encuentren en trámite los beneficios otorgados por la Ley N°27.452 que instaura el “Régimen de Reparación Económica para los Niños y Adolescentes”, y está encomendada a brindar contención ante el estado de vulnerabilidad y necesidades urgentes a las que quedan expuestos.
La ley Nº27.452 tiene como objetivo proporcionar apoyo económico a los hijos de víctimas de femicidio en Argentina. La norma lleva el nombre de Brisa Barrionuevo, una niña que a los dos años quedó huérfana junto a sus hermanos gemelos después del brutal asesinato de su madre, Daiana de los Ángeles Barrionuevo, a manos de su pareja, Iván Rodríguez.
Según un informe publicado por Parlamentario, la Ley Brisa enfrenta serios problemas de implementación y cumplimiento. La organización La Casa del Encuentro alertó sobre la falta de altas nuevas en las reparaciones económicas desde diciembre pasado. La disolución de la Comisión Permanente de Seguimiento (CoPeSe) y la reducción de equipos técnicos agravan la situación.
En las situaciones de violencia de género es frecuente que los niños queden invisibilizados. Sin embargo, no son víctimas solo cuando la violencia se dirige contra ellos directamente, sino también cuando viven la violencia cotidianamente, cuando son testigos, cuando se lastima a alguien a quien ellos quieren y, muy especialmente, cuando pierden a su madre. Los efectos de este tipo de violencia son devastadores para los niños y requieren del apoyo cercano de la comunidad y de las instituciones del sistema de protección a la infancia.
Cuando se produce la muerte violenta de una mujer, existe un entorno que es afectado, especialmente los niños, niñas y adolescentes que han estado expuestos a esa violencia y que junto con su madre son víctimas directas de esta, incluso cuando no haya sido dirigida a ellos.
Compete al Estado garantizar que las víctimas de maltrato accedan a la reparación integral de las afectaciones sufridas como parte de la restitución de sus derechos vulnerados. La respuesta del mundo adulto ante la identificación y/o atención de situaciones de violencia vividas por niños y adolescentes configura el primer eslabón de una serie de respuestas que dan inicio al proceso de reparación del daño.
El Estado debe brindar una respuesta acorde a la realidad que viven los niños, niñas y adolescentes que han quedado huérfanos en el marco de un femicidio. El objetivo de estas respuestas debe ser permitir que el conjunto de las víctimas acceda a la reparación integral de los daños sufridos, como parte de la restitución de sus derechos vulnerados. La misma involucra a diversos organismos institucionales.
Con el inicio de la gestión del gobernador Arq. Leandro Zdero se efectuó una nueva organización en las funciones de los distintos Ministerios y Secretarías en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial – a Ley N° 3969-A, de Ministerios – estipulándose para el Ministerio de Gobierno, Justicia, Trabajo y Derechos Humanos una nueva estructura orgánica que absorbió a la otrora Secretaría de Derechos Humanos y Géneros.
En el nuevo diseño orgánico y funcional existen la Subsecretaria de Genero y Diversidad y la Subsecretaria de Derechos Humanos. Es fundamental, entonces, adecuar, profundizar y continuar la política pública prevista en el Decreto 1362/22 al nuevo diseño del Estado, ratificando el compromiso del estado chaqueño con la protección de la niñez, población vulnerable por antonomasia que merece una protección especial y eficaz.
Teniendo presente que la necesidad de proporcionar al niño una protección especial ha sido enunciada en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño y en la Declaración de los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre de 1959, y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en particular, en los artículos 23 y 24), en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en particular, en el artículo 10) y en los estatutos e instrumentos pertinentes de los organismos especializados y de las organizaciones internacionales que se interesan en el bienestar del niño”.
FUENTE Y FOTOS: Chaco Día por Día