PENSIONES TRUCHAS: PROCESAN SIN PRISIÓN PREVENTIVA AL INTENDENTE DE TACO POZO Y OTRAS 10 PERSONAS

La Justicia Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña dictó el procesamiento sin prisión preventiva de Carlos Ibáñez por los presuntos delitos de fraude en perjuicio de la administración pública y uso de instrumento público falso por la supuesta falsificación de certificados de discapacidad.


La jueza federal subrogante de Presidencia Roque Sáenz Peña, María Belén López Mace, dictó este lunes el procesamiento sin prisión preventiva del intendente de Taco Pozo, Carlos Ibáñez; de su hija, Gabriela Estefanía Ibáñez Gelabert y del médico cirujano Gustavo Rojas como líderes de una presunta organización con el objetivo de defraudar al Estado Nacional a través del otorgamiento irregular de pensiones por invalidez. La decisión de la jueza, a instancias del fiscal federal subrogante Carlos Amad también comprende a otras ocho personas que habrían ocupado diversos roles en la asociación ilícita para defraudar al Estado.

Ibáñez, su hija y el cirujano Rojas fueron procesados por los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, falsedad ideológica de instrumento público, Incumplimiento de los deberes de funcionario público y como organizadores de una asociación ilícita.

Otras ocho personas fueron imputadas como partícipes necesarias y miembros de la misma asociación ilícita y por los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública, falsedad ideológica en instrumento público. A tres de ellas, también se les agrega el delito por incumplimiento de deberes de funcionario público.

Por otro lado, la magistrada dictó la falta de mérito de otras dos mujeres que formaban parte de la investigación iniciada en abril de 2023 a partir de una denuncia de la dirigente radical Ana María Canata, actual presidenta del Instituto de Tierras Fiscales.

En sus fundamentos, la jueza López Macé aseguró que los imputados “han incurrido en un incumplimiento manifiesto de las funciones que les fueran legalmente encomendadas, ya sea por acción u omisión, generando con ello una afectación concreta al debido funcionamiento de la administración pública”.

En ese sentido, agregó que “cada uno de ellos, desde el rol funcional que ocupaba, ya fuera en tareas administrativas, de gestión, supervisión o firma, actuó contrariando los deberes positivos impuestos por la normativa vigente, o bien consintió con su inactividad la ejecución de órdenes ilegítimas, o la omisión de aquellas acciones cuya realización era jurídicamente exigible”.

Advirtió, asimismo, que “esta conducta, lejos de ser aislada, se presenta como parte de un accionar coordinado y sistemático, orientado al incumplimiento de disposiciones legales y al desvío de fondos públicos”.

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FUENTE Y FOTOS: Chaco Día por Día

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