El Juzgado Federal de la ciudad de Resistencia ordenó profundizar una investigación por presunta trata de personas en Presidencia Roque Sáenz Peña. La víctima es una niña.
A instancias del Defensor Público de Víctimas y con acuerdo de la Fiscalía Federal, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia revocó el archivo de una causa en la que se investiga una presunta red de explotación sexual y trata de personas con una niña como víctima, y ordenó al Juzgado Federal de Sáenz Peña que profundice la investigación con urgencia, incluyendo la realización de una nueva Cámara Gesell.
La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia revocó el archivo de una causa en la que se investiga una presunta red de explotación sexual y trata de personas en la ciudad de Presidencia Roque Sáenz Peña con una niña como víctima, y ordenó al juzgado de origen que profundice la investigación con urgencia, incluyendo la realización de una nueva Cámara Gesell.
La resolución, a la que acceso LITIGIO, fue firmada este 18 de marzo por los jueces Rocío Alcalá, Enrique Bosch y Patricia García, hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público de la Víctima, Gustavo Vargas, al que adhirió el Ministerio Público Fiscal.
El caso
La causa se originó a partir de una denuncia de la tía de una niña en la que se describió una supuesta red de abuso sexual y explotación que habría operado entre 2015 y 2019, cuando “M” tenía entre seis y diez años. Según lo relatado, distintos adultos de su entorno familiar más cercano habrían participado activamente en los hechos, y entre los presuntos involucrados fueron señaladas personas con vínculos a fuerzas de seguridad. La denuncia indicó también que existía registro audiovisual de los abusos. Desde 2019, la niña fue separada de su núcleo familiar por orden de la Unidad de Protección Integral y desde entonces vive con familiares maternos.
Los peritajes médicos forenses practicados a la menor confirmaron lesiones compatibles con abuso sexual crónico. Los informes psicológicos acreditaron la existencia de un trauma significativo, aunque también señalaron algunas inconsistencias en el relato y advirtieron sobre la posible influencia del entorno adulto en la construcción de ciertos recuerdos. Esas observaciones, sin embargo, no fueron consideradas por la Cámara como razón suficiente para cerrar la investigación sin agotar las líneas pendientes.
La causa tuvo un trámite extenso y accidentado en el fuero federal. En reiteradas oportunidades se solicitó la realización de una nueva Cámara Gesell con la menor, petición que el juez de primera instancia rechazó por entender que constituiría un acto de revictimización. Finalmente, el Ministerio Público Fiscal dictaminó que no existían elementos suficientes para acreditar el delito de trata de personas u otro delito de competencia federal y pidió el archivo, que el juzgado dispuso a fines de 2025.
Contra esa resolución recurrió el Defensor Público de la Víctima, Gustavo Vargas, quien cuestionó tanto la valoración de la prueba como la prematura conclusión de la investigación. Señaló que en los tres meses transcurridos desde que la propia Cámara había ordenado una pesquisa exhaustiva, la única medida adoptada había sido una vigilancia domiciliaria sobre los denunciados, herramienta manifiestamente inadecuada para investigar hechos ocurridos entre 2015 y 2019. Al tomar intervención en la alzada, el Fiscal General coincidió con esa crítica y adhirió al recurso.
Por una nueva Cámara Gesell
El tribunal le dio la razón al apelante. En su resolución, los camaristas señalaron que la medida investigativa adoptada estaba “notoriamente condenada al fracaso” y que utilizarla como fundamento del archivo comprometía el deber de debida diligencia reforzada que el derecho internacional impone al Estado frente a casos de trata, en particular cuando las víctimas son niñas o niños. La Cámara recordó que tratados internacionales con jerarquía constitucional —entre ellos la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Protocolo de Palermo— obligan a investigar por todos los medios legales disponibles y con orientación efectiva a la determinación de la verdad.
El tribunal también subrayó que dos profesionales de la salud mental que habían evaluado a la menor coincidieron en la importancia de darle la oportunidad de ser escuchada, y que la propia adolescente había expresado voluntariamente su disposición a participar en una nueva Cámara Gesell. En ese marco, los jueces concluyeron que realizar esa diligencia constituye una “molestia estrictamente imprescindible” en los términos de la Ley de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos, y que la voluntad de la joven no podía ser ignorada por la justicia.
Fuente y fotos: Litigio
